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Propuso imponer de 1 a 3 años de prisión, de cincuenta a doscientos cincuenta días de multa, y la inhabilitación
02:04 miércoles 30 noviembre, 2022
León
El Partido Verde Ecologista de México, PVEM, en el Congreso del Estado insiste en su propuesta para sancionar a quien practique, imparta o financie las terapias de reconversión. El diputado y coordinador de la fracción del Verde Ecologista en el Congreso, Gerardo Fernández González, presentó una propuesta para reformar el Código Penal y la Ley de Salud Pública del Estado de Guanajuato para que se sancione a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. El legislador explicó que las personas de la diversidad sexual, en la mayoría de los casos, son agredidas física y psicológicamente en espacios públicos y privados, o excluidas en varias facetas de su vida, como el hogar, la escuela, el trabajo, por citar algunos. Sin embargo, se ha llegado a los extremos de no tolerar dichas preferencias sexuales, sometiéndolos a burlas e intimidaciones, negándoles un tratamiento médico apropiado, expulsarlos de sus hogares e ingresarlos por la fuerza en instituciones psiquiátricas, obligarlas a casarse, embarazarse, o atacando su reputación. Fernández González argumentó que ante la existencia de pseudotratamientos que promueven una cura a la orientación sexual como si ello fuera un padecimiento médico, aplicándo métodos que van encaminados a reorientar la preferencia sexual es necesario establecer sanciones para ello. “Los tratamientos utilizados para reorientar la sexualidad de las personas, van desde el maltrato físico como psicológico, violaciones reiteradas y grupales, ingesta obligada de medicamentos hormonales, privación de la libertad, entre otros”. Expuso que hay caso de mujeres que son violadas con el consentimiento de sus familias, con la creencia de que al ser violentandas por un hombre se reoriente su preferencia, causando así estragos irreparables en las personas sometidas “a estos métodos aberrantes, fraudulentos y discriminatorios” Abundó que la Comisión Internacional de Juristas en la guía de Orientación Sexual e Identidad de Género y Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha señalado que la terapia reparadora es ineficaz y perjudicial, y que los tratamientos sobre las personas LGBTI pueden resultar de tortura y maltrato. La propuesta implica que se considere como delito las terapias de conversión sexual, sancionándolas con prisión, multa e inhabilitación. Se propone imponer de uno a tres años de prisión, de cincuenta a doscientos cincuenta días de multa, y la inhabilitación de su ejercicio profesional por el mismo tiempo. En lo relativo a la Ley de Salud se contempla que quienes intervengan en dichas prácticas serán sancionados conforme al Código Penal y suspendidos en el ejercicio profesional de uno a tres años; y en caso de reincidencia, se impondrá como pena, además, la prohibición definitiva del ejercicio profesional, la cancelación de la cédula profesional. La parte correspondiente al Código Penal se turnó a la Comisión de Justicia, mientras que lo relativo a la Ley de Salud se remitió a la Comisión de Salud Pública para su estudio y dictamen.