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Se contempla que previo al nombramiento las autoridades deben realizar un proceso de consulta pública con los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia
12:28 lunes 9 abril, 2018
San Luis
El Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) exhortó a las autoridades estatales designen a la persona titular de la Comisión Local de Búsqueda en el Estado con motivo del próximo vencimiento del plazo, el cual contempla la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. Se contempla que previo al nombramiento las autoridades deben realizar un proceso de consulta pública con los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia, consideran los consejeros de la CEDH que en los casos en que las autoridades no realizan investigaciones efectivas para determinar el paradero de cualquier persona, se violentan los derechos humanos de las víctimas a ser localizadas y de sus familiares los derechos a la verdad y a la justicia. Por ello, este Consejo exhortó al Poder Ejecutivo para que la persona que sea nombrada para dirigir la Comisión Local de Búsqueda en el Estado, tenga el perfil adecuado y el proceso de designación se realice con total transparencia. El organismo también emitió un posicionamiento al respecto: “El Consejo Ciudadano de la Comisión, ha venido observando y señalando con preocupación la situación de los derechos humanos en torno a la desaparición de personas, así como el recrudecimiento de la seguridad ciudadana, el acceso a la justicia e impunidad en torno a esta grave temática, en torno a ello es que nos ocupa la estructura pública del Estado para hacer frente a este problema complejo”. La Ley General en la materia fue impulsada por diversos colectivos y organizaciones de la sociedad civil constituidas por expertos y familiares de personas desaparecidas que conocen las necesidades del sistema de procuración de justicia y la urgencia de que exista una coordinación adecuada entre las autoridades para buscar a las personas desaparecidas. De esta forma esta Ley persigue como último fin el de prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares. La desaparición entre particulares y la desaparición forzada de personas causa diversas afectaciones en la sociedad, en primer lugar, con las víctimas directas que son las personas desaparecidas, después con sus familiares que viven de forma prolongada el sufrimiento y la incertidumbre por no saber el paradero un ser querido. Además, las familias tropiezan con dificultades de orden económico, social, administrativo y jurídico, lo anterior les impide reconstruir sus vidas después de la desaparición de sus familiares incluso durante años posteriores. En tercer lugar, la desaparición de personas tiene efectos negativos no sólo para todas las comunidades a las que pertenecen las víctimas, sino que lastima a la sociedad potosina en lo general por tratarse de un problema público pues estos sucesos constituyen una amenaza para la estabilidad de la seguridad pública.