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La STPS está cerrada y trabajadoras denuncian que las mandan a sus casas sin goce de sueldo o las despiden injustificadamente, debido a la contingencia
01:05 lunes 6 abril, 2020
San Luis
La contingencia del coronavirus (COVID-19) está obligando a muchas empresas en San Luis Potosí a cerrar o disminuir sus operaciones, algunas de ellas mandando a su personal a sus casas sin goce de sueldo o concluyendo la relación laboral, contrario a lo que han pedido autoridades laborales; sin embargo, dado que se suspendieron las audiencias en la Junta Estatal de Conciliación y Arbitraje, no hay dónde interponer las demandas laborales en contra de los patrones que efectúan estas prácticas. Marcela Reyes Calvillo laboró en la empresa Transportes Vencedor durante 2 años y 9 meses en el área de boletos y papelería. El pasado viernes 27 de marzo, la jefa de su departamento le notificó que les darían un descanso obligatorio y sin goce de sueldo durante 15 días y le pidió que firmara una carta en donde acepta dicho acuerdo, a lo cual ella se negó, por lo que le dijeron que entonces sería despedida. “Sacan una carta finiquito para que la firme, la verdad no es lo que me corresponde y no la firmé… yo salí de la empresa el martes 31 de marzo, me dirigí a la Secretaría del Trabajo en Plaza Tangamanga, no hay gente, nada más está una persona de guardia, le expuse mi caso y ya me dijeron que ahorita no podían hacer nada por lo mismo de que está todo parado”. El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Manuel Lozano Nieto, dijo que se suspendieron las audiencias en temas laborales, por lo que actualmente los trabajadores no pueden demandar, sin embargo, existe una línea telefónica de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, en la que pueden levantar sus respectivas quejas y, una vez que se reanuden las actividades podrán interponer una demanda laboral, si así lo desean. “Es absolutamente ilegal, no pueden bajo la contingencia decretada el 31 de marzo, regresar a los trabajadores sin percibir salario… está la línea de atención de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo o la cuenta de correo que ahí viene, hemos estado resolviendo los asuntos favorablemente para los trabajadores, aquellos que han estado presentando su queja y que han manifestado quién es su empleador, la Procuraduría se ha estado poniendo en cuenta con su empresa y se les está pagando lo que se les debería de pagar”. DESPIDOS EN EL INEGI
Tras la suspensión del Censo de Población 2020, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) también ha despedido a los trabajadores temporales que contrató. Berenice (nombre ficticio), quien se desempeñaba como verificadora del INEGI, narró que tenía contrato hasta el 17 de abril, sin embargo, desde el pasado martes 31 de marzo se le notificó que ya no saldría a campo a laborar y la citaron a ella y a sus compañeros para que entregaran su mochila, uniforme y dispositivos. “Ayer en la noche nos avisaron que nos estaban citando hoy para ir a las oficinas para que fuéramos a firmar los contratos de renuncia, muchos de mis compañeros no firmaron el contrato, solamente me parece que una, y la semana siguiente vamos a meter una denuncia ante la Secretaría del Trabajo, en esta denuncia somos de 15 a 20 personas”. Berenice también tuvo complicaciones al momento en que intentó tener asesoría sobre su caso, ya que narra que primero habló a las oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), quienes le dijeron que se tenía que comunicar ante la instancia estatal, sin embargo, al hacerlo le dijeron que, debido a que el INEGI era una institución federal, debía ser la procuraduría federal la que atendiera el caso y lo único que le pudieron decir fue que sí era ilegal la forma en que se le despidió. De acuerdo a datos de la STPS, hasta el pasado viernes, eran 110 empresas en la Zona Industrial que habían efectuado paros técnicos y enviado a sus casas a 80 mil trabajadores, además se había logrado que las empresas firmaran convenios con sus empleados en los que, en promedio, se acordó que se les pagaría el 80 por ciento de su salario y prestaciones; aunque la autoridad ha aclarado que estos convenios deben ser de común acuerdo con el trabajador, es decir no se les puede imponer una decisión unilateral.