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Se definió el concepto de Violencia en el espacio público
16:25 jueves 19 agosto, 2021
San Luis 
                El Pleno del Congreso del Estado aprobó este jueves erradicar y sancionar la violencia en los espacios públicos, o “acoso callejero” presentada por integrantes del Colectivo “Sororidad ciudadana: perspectiva Lila”. Con ello, se reforma el artículo 4 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí en la que se define el concepto de “Violencia en el espacio público”, que hace referencia: “Aquélla que es ejercida por una o más personas en lugares públicos o de acceso público, a través de toda acción u omisión que trasgreda o limite los derechos humanos de las mujeres, en el que haya o no contacto físico, que se manifiesta en conductas como: a) Expresiones verbales, gestos, miradas lascivas o intimidatorias, silbidos y sonidos obscenos, ofensas sobre su cuerpo, comentarios inapropiados que impliquen que las mujeres son innecesarias o invasoras del espacio público; con connotación sexual o discriminatoria en razón de género contra las mujeres. b) Tocamientos, manoseos, besos, abrazos, arrimones, recargados o encimados sin consentimiento de las mujeres, independientemente si se realizan con o sin connotación sexual. c) Masturbación, acecho, actos de exhibicionismo, persecución y demás prácticas que afecten o dañen la dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia y/o generen un ambiente hostil u ofensivo en los espacios públicos. Aunque logró una aprobación por mayoría de votos, hubo al menos cuatro en contra: Isabel González, Edgardo Hernández y Oscar Vera, donde junto con el diputado Eugenio Govea destacaron que faltan precisiones en los conceptos incluidos conductas.